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Confemel

Asamblea Extraordinaria

Caracas, Venezuela, 24 de junio 2004

Sobre la situación financiera

  1. A partir de este año 2004 establecer una cuota de aportes según las siguientes franjas:
    • Hasta diez mil médicos: quinientos dólares.
    • Más de diez mil y hasta veinte mil médicos: mil quinientos dólares.
    • Más de veinte mil médicos: tres mil dólares.
  2. Que cada organización financie los gastos de sus representantes en el Comité Ejecutivo.
  3. Que la conciliación de deudas se realice en función del nuevo aporte, que los que disminuyan su aporte se pongan al día con la nueva cuota y los que incrementen su aporte se ponen al día con su antigua cuota. Es decir que no le perjudique la deuda, que se pague con el criterio más beneficioso para la institución.
  4. Exhortar al Comité Ejecutivo al cumplimiento estricto del artículo 43, literal C, cuando la suspensión automática para las instituciones que no cumplan con los pagos acordados, lo que se hará en la forma establecida en el estatuto.

 

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